La neutralidad de las autoridades municipales durante los procesos electorales es un principio esencial para preservar la legitimidad democrática y la confianza ciudadana. En el Perú, los alcaldes ocupan una posición de influencia que puede afectar la equidad de la competencia política. Por ello, la normativa electoral y la jurisprudencia del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) han establecido reglas claras que deben observarse. A continuación, se presentan diez aspectos fundamentales que todo alcalde debe tener en cuenta. (1) Prohibición de uso de recursos públicos. Los bienes, fondos y personal municipal no pueden destinarse a favorecer candidatos o partidos. El uso indebido constituye peculado de uso y acarrea sanciones severas; (2) Restricción en actos oficiales. Las ceremonias municipales deben mantener carácter institucional. No se permite convertir inauguraciones o discursos en plataformas de propaganda electoral; (3) Neutralidad en la comunicación institucional. Las redes sociales y páginas oficiales de la municipalidad no pueden difundir ni insinuar mensajes proselitistas referidos a los candidatos al gobierno. (4) Separación entre rol institucional y rol personal. El alcalde puede tener preferencias políticas como ciudadano, pero no debe confundirlas con su función pública. La jurisprudencia del JNE sanciona la mezcla de investidura con campaña; (5) Prohibición de inauguraciones con tinte electoral. Las obras deben presentarse como parte de la gestión, sin alusiones partidarias ni aprovechamiento político; (6) Responsabilidad administrativa y penal. El incumplimiento de la neutralidad puede generar suspensión del cargo, multas e incluso procesos penales; (7) Supervisión de órganos electorales. El JNE y la ONPE vigilan la conducta de las autoridades locales. Los alcaldes deben colaborar activamente con estas entidades; (8) Ejemplo ético y pedagógico. La neutralidad es también un acto pedagógico hacia la ciudadanía, que observa en sus autoridades un modelo de respeto institucional; (9) Prevención mediante reglamentos internos. Es recomendable que las municipalidades aprueben directivas internas sobre neutralidad electoral, orientando a funcionarios y trabajadores; (10) Construcción de confianza democrática. La neutralidad fortalece la credibilidad de la gestión municipal y evita percepciones de clientelismo político. En conclusión, la neutralidad de los alcaldes no es solo una obligación legal, sino un compromiso ético con la democracia. Respetar este principio garantiza procesos electorales transparentes y contribuye a consolidar una cultura política basada en la equidad y la confianza ciudadana.
Director Periodístico:
EDGARD NAOLA ORDOÑEZ