El Congreso de la República aprobó la modificación del Art. 12 de la Ley orgánica de Municipalidades, en consecuencia, los regidores a nivel nacional percibirán el 30% de la remuneración del Alcalde de su Jurisdicción, para los 10,748 regidores de 1,891 municipios Distritales y provinciales, que muchos lo establecieron por montos menores que luego no podrían modificar hasta el fin del periodo, ya que está prohibido cualquier incremento por el MEF. Esta norma establece un aumento de la dieta de los regidores, sino la estandarización de la asignación de dietas, un trato equitativo. El D.S. 413-2019-EF, precisa que los alcaldes no reciben “remuneración” sino “compensación” con significados distintos, por lo que el texto aprobado debe aludir a la compensación o todo ingreso por todo concepto y no a remuneración, lo que se espera se tenga en cuenta en el texto final antes de su publicación. En el debate de esta norma se destaca la participación de la asociación de regidores y regidoras del Perú – ARPE, por su unidad, su aporte persistencia positiva en el pro de la propuesta legislativa y que permitió también la participación del Ilustre Colegio de Abogados de Lima a través de la Comisión Consultivas de Derecho Municipal, en el análisis y orientación sobre la materia.
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EDGARD NAOLA ORDOÑEZ