COLUMNA ED. 1095

INCENTIVOS TRIBUTARIOS: ¿Avance real o beneficio simbólico?

Por: Gloria María Pineda Loayza

Modificar el artículo 37 del Decreto Legislativo 774, a fin de incrementar del 10% al 12% el límite de deducción del Impuesto a la Renta a las empresas que donen a centros de atención y rehabilitación para personas con discapacidad severa, es una iniciativa positiva que amerita lograr su aprobación definitiva, más aún considerando que el Estado no está cubriendo necesidades urgentes de una población históricamente olvidada. Como se sabe, durante décadas, el Estado peruano no ha sido capaz de responder oportuna e integralmente a las necesidades de las personas con discapacidad, prueba de ello son las enormes brechas en rehabilitación, atención especializada, educación inclusiva y apoyo a las familias. Por ello, resulta acertado promover una participación activa y comprometida del sector privado mediante incentivos tributarios razonables que permitan fortalecer la atención y ampliar los servicios dirigidos a esta población vulnerable. Sin embargo, para que la medida tenga resultados reales y sostenibles, será fundamental garantizar mecanismos adecuados de supervisión, transparencia y seguimiento. En principio, se necesita identificar a las instituciones beneficiarias especializadas, registradas formalmente y con capacidad comprobada de atención a fin de establecer criterios claros de acreditación y supervisión. Para el efecto, la SUNAT podría implementar mecanismos simplificados y digitales para la respectiva acreditación, registro y validación de las donaciones. En tanto, el Ministerio de Economía y Finanzas, evaluaría el impacto fiscal y social del incentivo tributario y las entidades beneficiarias presentarían información periódica sobre sus programas, beneficiarios y ejecución de fondos. Otro aspecto fundamental es la evaluación de la aplicación de la norma y la supervisión de resultados concretos, mediante revisiones técnicas que permitan medir el impacto fiscal y social del beneficio. De esta manera, se podría comprobar el uso adecuado de las donaciones y determinar de qué manera los recursos están contribuyendo a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad severa. Asimismo, la simplificación administrativa será decisiva, considerando que existen procedimientos complejos que podrían desanimar a las empresas. Si los trámites no se agilizan, los incentivos pueden perder eficacia. Una alternativa adecuada sería implementar plataformas digitales para canalizar los procesos de certificación y contar con mecanismos de seguimiento. Como se evidencia, el desafío no consiste únicamente en aumentar un porcentaje de deducción tributaria, sino en construir un sistema moderno, transparente y focalizado que convierta la solidaridad empresarial en una verdadera política de inclusión social para beneficio del país y especialmente de los ciudadanos en condición de discapacidad.

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